Junta de Gobierno Local
DECRETO. Constituida la nueva Corporación Municipal el 11 de junio de 2011,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/85 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y en los artículo 52 y 53 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 1568/1986, de 28 de noviembre (R.O.F.),
DISPONGO:
PRIMERO: Nombrar a los siguientes Concejales como miembros de la Junta de Gobierno Local:
- Doña María Jesús Ruíz Azañedo.
- Don Antonio Ramón Molina Rodríguez.
- Don Antonio Manuel Cobos Valenzuela.
- Doña Leocadia Ruiz Simonet.
- Doña Cristina del Carmen Campaña Fernández
- Doña Matilde Ortiz Arca
- Don Rafael Jiménez Maya.
SEGUNDO: Determinar que la Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria todos los viernes hábiles a las 13:00 horas.
TERCERO: De conformidad con el artículo 43.2º del ROF, delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes facultades del Alcalde:
- Concesión de licencias de primera ocupación.
- Aprobación de proyectos de obras municipales.
- Concesión de subvenciones y ayudas.
- Aprobación de las relaciones certificadas de pagos.
- Aprobación de las certificaciones de obras municipales.
- Resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
- Efectuar las reclamaciones municipales por daños ocasionados a bienes o interés públicos.
- Devolución de avales, fianzas y otras garantías de cualquier naturaleza.
- Solicitudes municipales de ayudas y subvenciones, y asunción de compromisos de financiación sin perjuicio de las competencias del Pleno Municipal.
CUARTO: La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha del Decreto, sin perjuicio de su preceptiva notificación a los interesados y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Debiendo darse cuenta al Pleno en sesión que se celebre para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 38 del R.O.F. Loja, 1 de julio